Córdoba: Se declara de interés público la protección ambiental

Córdoba: Se declara de interés público la protección ambiental

10/18/2016 0

Córdoba: Se declara de interés público la protección ambiental

LEY: 10355

Fecha de sanción: Córdoba, 15 de junio de 2016.

Promulgación: Córdoba, Córdoba, 30 de Junio de 2016.

Publicación: B.O. 09/08/2016

La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley:

  • Artículo 1º.- Declárase de interés público la protección ambiental y el uso óptimo, responsable y racional de los recursos naturales en todas sus variantes, conforme los artículos 240 y 1970 del Código Civil y Comercial de la Nación, sus concordantes y demás normativa vigente y aplicable, del espacio físico o franja de terreno colindante a todo curso de agua, a partir de la línea de ribera de que se trate y extendido hasta los treinta y cinco metros contados desde esa base.
  • 2º Artículo .- La restricción al dominio establecida en el artículo 1º de esta Ley tiene por propósito resguardar el equilibrio ecológico de los ámbitos y entornos referidos, sin pretender el Estado Provincial compartir o menoscabar el derecho de propiedad o la posesión de que se trate.
  • 3º Artículo .- En caso de tratarse de cursos de agua que atraviesen un radio municipal o comunal, las autoridades locales no podrán dictar norma alguna que altere o relativice la restricción al dominio consagrada por el presente cuerpo legal.
  •  4º Artículo.- La presente Ley es de orden público.
  •  5º Artículo.-El Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos o el organismo que en el futuro lo reemplace es la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
  •  6º Artículo.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.

OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ PRESIDENTE PROVISORIO, LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA GUILLERMO CARLOS ARIAS SECRETARIO LEGISLATIVO, LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA PODER EJECUTIVO.

Decreto N° 818 Córdoba, 30 de Junio de 2016

Téngase por Ley de la Provincia Nº 10355 cúmplase, protocolícese comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, archívese. FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – DR. ING. FABIÁN LÓPEZ, MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS / JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO.

Sabrina Pin
sabri